El juzgado embarga los bienes y las acciones de los Al-Thani en el Málaga

Declara insuficiente la fianza par alcanzar los 8.5 millones pedidos y se acuerda el embargo de las acciones del jeque y sus hijos Nayef, Nasser y Rakkan

Nayef, Rakan, Nasser y Abdullah Al-Thani, en el palco de La Rosaleda.
Nayef, Rakan, Nasser y Abdullah Al-Thani, en el palco de La Rosaleda. / Javier Albiñana

El juzgado de instrucción número 14 de Málaga, en un auto con fecha de este lunes 16 de noviembre, ha decretado el embargo cautelar de las acciones en el Málaga de la familia Al-Thani y de sus bienes asociados. Ello dibuja un nuevo escenario en el club, con la posibilidad de tomar acciones para la ampliación de capital en el horizonte por parte del administrador judicial, José María Muñoz. La jueza Ruiz González es contundente en el acto.

Declara Ruiz González insuficiente la fianza ofrecida por la parte querellada. "No habiéndose habido, pues, efectivo suficiente, ni bien mueble o inmueble titularidad de los querellados cuyo valor, una vez trabados embargos, cubra el importe de la fianza, habrá que dar un paso mas en el orden de embargo, y proceder al

embargo de títulos y acciones de los querellados y se acuerda embargar los siguientes bienes al jeque y a sus hijos Nayef, Nasser, Rakkan a fin de cubrir la cantidad de 8.518.898,04 euros fijada de forma cautelar en concepto de responsabilidad civil fijada con anterioridad", decía el auto, en el que se especifica que la familia tenía cuentas en el Banco Sabadell (1.814,96 euros), otra en CaixaBank, con titularidad de NAS FOOBALL,S.L.,de 2,681,32 euros y una más en el Banco Santander a nombre de Nasser de 19.072,71 euros. Era el único dinero disponible en cuentas españolas.

También se embarga sobre tres coches y una moto de alta cilindrada a nombres de Nayef y Nasser. "Se faculta al señor Administrador judicial y a los agentes de la policía investigadores, si por aquél se considera necesario, para que se personen en las viviendas donde actualmente se encuentran depositados los vehículos (Benalmádena y Benahavís), y procedan a remover los vehículos del lugar donde ahora mismo se hallan y sean trasladados a las dependencias de la entidad Málaga Club de Fútbol SAD, en el Estadio de la Rosaleda, donde quedarán depositados y custodiados por la Administración judicial y, en su caso, quien llegado el momento, le sustituya , a disposición de este Juzgado", reza el auto.

Además, se acuerda el embargo de las acciones y participaciones de los querellados (el jeque y sus hijos Nasser, Nayef y Rakan) en el Málaga, Nass Football, Nass Spain 2000 y Nasir Bin Abdullah and sons. "Se acuerda la prohibición de disponer o hacer cualquier acto de gravamen sobre dichas participaciones y acciones, sin previamente ponerlo en conocimiento del Administrador Judicial nombrado para dichas sociedades, para, en su caso, y si procediere, obtener posterior autorización judicial", señala el auto, que recuerda la existencia de pactos de limitación a la libre transmisión de acciones o participaciones o cualquier cláusula estatutaria o contractual que afecte a las acciones y participaciones embargadas.

Queda un plazo de tres días para un recurso de reforma o cinco días para una apelación. "Dada la no posibilidad de notificar personalmente la presente resolución a los querellados,pues se encuentran fuera del territorio español, se llevará a cabo respecto de todos ellos en el lugar fijado como su domicilio en España, e igualmente para los personados en la causa , a través de su representación procesal. Una vez notificada la presente resolución se procederá a la tasación pericial de los bienes, y títulos embargados", cerraba el auto.

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