Más leña al Caso Horta: BlueBay pide anular el acuerdo entre Málaga y Braga

La cadena hotelera lo tacha como "un grave perjuicio económico para el club" y señala la forma de proceder del administrador judicial

El 50% de Horta: Mata, Mendes...

Horta, con el Braga.
Horta, con el Braga. / EFE

Málaga/El Caso Horta da algún coletazo más. Tocaba José María Muñoz el tema del 50% de la plusvalía en un futuro traspaso, en propiedad de Juan Mata, uno de los representantes de la operación, aunque no era rotundo el administrador judicial. Una de las infinitas aristas del caso, mal tratado de forma externa y quizá interna, por la fuerza que adquirió el Málaga CF en toda esta negociación. Desde el club se vendió el acuerdo como un éxito, no para BlueBay, propietaria del 49% de acciones de Al Thani, actor que faltaba por aparecer. Málaga Hoy ha tenido acceso al escrito que ha presentado la cadena hotelera, a través del abogado José Carlos Aguilera, al Juzgado de Instrucción nº14, donde se exige "no autorizar el acuerdo el acuerdo de conciliación suscrito por el administrador judicial con el Sporting de Braga", un acuerdo "donde se han frustrado las expectativas de obtener una resolución favorable por parte del TAS, lo que representa un grave perjucio económico, aun con mera expectativa, para el club".

"En mi opinión, el acuerdo del AJ con el SCB, esta sometido, en cuanto al MCF SAD, a autorización judicial. Así de deduce del propio ACUERDO DE CONCILIACION el que, en varios de sus apartados, establece la necesidad y se condiciona su eficacia y vigencia a la autorización por el Juzgado de Instrucción 14; así, en su apartado 3.a). ¿O es que el SPORTING CLUBE BRAGA ha pagado ya (6/12/2024) la cantidad de 1.250.000 € al MCF S.A.D.? En el apartado 19 del acuerdo se estipula con claridad meridiana que su entrada en vigor está sujeta a la aprobación por el Juzgado en España (Juzgado de Instrucción nº 14 de Málaga)", expone BlueBay. "En comunicación dirigida el 18 de noviembre por el TAS al MCF SAD y al SCB, les participaba que 'el procedimiento ante TAS se encuentra suspendido hasta el 20 de diciembre, fecha en la que deberá obrar en la secretaría del mencionado tribunal el acuerdo debidamente suscrito por BRAGA y MCF. En caso contrario, el procedimiento seguirá su normal curso y finalizará con la emisión de un laudo por parte del Panel'".

Además, apunta BlueBay que "a la vista de lo manifestado por el AJ en rueda de prensa convocada ad hoc para hablar el acuerdo alcanzado con el SPORTING CLUBE BRAGA, cabe presumir que el acuerdo debidamente suscrito por BRAGA y MCF se depositó en la Secretaría del TAS antes del 20 de diciembre; si así ha ocurrido, el Sr. AJ ha actuado sin autorización judicial, evitando por la vía de hechos consumados los controles de este procedimiento (autorización judicial y conocimiento y contradicción de las partes). En cuanto al ACUERDO DE CONCILIACIÓN propiamente dicho hemos reiterado al Juzgado que solo beneficia al SCB y que no es, ni común ni frecuente, que se haya planteado una negociación en la audiencia de una apelación. Podríamos entender la conveniencia de una negociación en un asunto de esta clase si por la defensa del MCF ante el TAS se hubiera emitido un informe jurídico en el que motivadamente, conocidos los argumentos de la apelación del SCB, concluyera que existe un alto riesgo de que prosperara y se estimase el recurso de apelación del SCB contra la resolución de la FIFA apelada", apunta al administrador".

"El AJ dice en el escrito dirigido al Juzgado que “dada la dificultad que entraña la presente disputa, este Administrador ha recabado informe del despacho de abogados UNO/ONE LEGAL PARTNERS, S.L.P., especialistas en la materia, que han asistido en el procedimiento ante el TAS que hoy nos ocupa, así como previamente a la toma de la decisión de llegar a un acuerdo. A lo que debemos de añadir que ningún administrador societario, que es un gestor, ejecutivo y representante, hubiera tomado una decisión de esta naturaleza sin consultar a los socios. Si duda, el AJ, Sr. Muñoz Jiménez, ha actuado, además de sin autorización judicial, como si fuera el “dueño” del MCF S.A.D. y en perjuicio de sus intereses. Y queda una cuestión relevante por aclarar: el acuerdo dice que el SCB pagará al MCF SAD una cantidad fija de 7.000.000 € ¿Y quien paga a GESTIFUTE (Jorge Mendes), titular del 45% de los derechos del jugador? Según la resolución de la FIFA, correspondería al MCF el 50%, el 45% a GESTIFUTE y el 5% restante al padre del jugador En definitiva, para MANAGEMENT EMPRESARIAL MALAGA S.L. el acuerdo con el SCD ha frustrado las expectativas de obtener una resolución favorable por parte del TAS, lo que representa un grave perjuicio económica, aun como mera expectativa, para el Club Por los motivos expresados hemos pedido al Juzgado que NO AUTORICE el ACUERDO DE CONCILIACIÓN suscrito por el AJ con el SPORTING CLUBE BRAGA", esgrime ese escrito.

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