¿Por qué 5.4 millones de fianza?

Intervención del Málaga a los Al-Thani

"Se advierte la existencia de indicios racionales de criminalidad", especifica el auto de la jueza, que pide esa cantidad porque es el crédito que el Málaga ostenta frente a la familia Al-Thani

El jeque, en un acto del Málaga CF. / Javier Albiñana
F. G. / J. M. O.

20 de febrero 2020 - 16:07

5.443.556,24 euros. Es la alta cantidad que se requiere a los Al-Thani como fianza en la causa abierta contra ellos por su gestión del Málaga. El motivo porque el que se solicitan esos 5.4 millones de euros es que en la fase de instrucción "se advierte la existencia de indicios racionales de criminalidad contra una persona", razona el auto de la jueza para garantizar "las eventuales responsabilidades civiles derivadas del delito. Y en su defecto y de conformidad con las disposiciones legales aplicables, embargo de bienes en cantidad suficiente".

Se señalan varias actuaciones concretas de los querellados que perjudican al Málaga. "La firma en fecha de 31 de diciembre de 2015, de una Póliza Mercantil de Crédito a favor de la Sociedad NAS FOOTBALL SLU y la firma en fecha de 21 de agosto de 2018, de un Crédito Participativo, a favor de la Sociedad NAS FOOTBALL SLU", cita el auto, además de "la concesión de diversos prestamos a los distintos miembros del Consejo de Administración, constituido por los miembros de la familia A- Thani".

Por todos los conceptos analizados y en total, "el crédito que la Sociedad MALAGA CLUB DE FUTBOL SAD, ostenta frente a la familia Al Thani alcanzaría la cantidad de 5.443.556,24 euros. A lo cual habría que añadir la cantidad que perciben como miembros del Consejo de Administración y que igualmente se indica en la querella al considerarse indebidamente establecida y que alcanzaría la cantidad de 1.444.736,88 euros anuales", explica la jueza en sus razonamientos jurídicos.

"Tales hechos de conformidad con lo dispuesto en la querella presentada podrían ser constitutivos de un delito de Administración desleal, Apropiación Indebida y Blanqueo de Capitales", prosigue el escrito, en e que se relata que el Grupo III de Blanqueo, UDEV-ÚDEF ha llevado a cabo un informe inicial en relación a los hechos denunciados y cuyas conclusiones determinan que exisean indicios de la comisión por parte de los querellados de los hechos delictivos que se les atribuyen.

"Delito de apropiación indebida, administración desleal y blanqueo de capitales, sin perjuicios de una ulterior calificación", son los presuntos delitos que se observan en el informe inicial remitido por el grupo encargado de la investigación. Para ello se ha seguido el estudio y análisis de la contabilidad y resto de la documentación examinada. "La existencia de una actuación constante en el tiempo por parte de los querellados de ejercicio de poder desleal y abusivo en la gestión y dirección del Málaga CF", es una de las conclusiones más demoledoras del informe: "Se considera procedente en este preciso momento la adopción de medidas dirigidas al aseguramiento de las responsabilidades civiles futuras, así como a garantizar la viabilidad y sostenibilidad futura de la sociedad, con objeto de proteger no solo a la propia entidad en si misma sino también a los empleados, usuarios y proveedores de la misma y el pago de las cantidades que debieran recibir".

"Por ello se considera procedente, adoptar medidas cautelares no solo que aseguren la responsabilidad civil sino también que eviten la reiteración delictiva y que puedan seguir realizándose actividades y operaciones contrarias a la buena marcha y buen fin de la sociedad. Las graves consecuencias y perjuicios que podrían derivarse para el resto de socios y la entidad en general, en caso de continuarse con la practica de operaciones similares a las ahora denunciadas, implica y determina que se consideren cumplidos los requisitos de excepcionalidad y proporcionalidad que deben presidir la adopción de las mismas y se considere procedente acordar la medida cautelar de administración judicial", prosigue el razonamiento de la jueza Ruiz González.

Hay que especificar que la intervención llega también a NAS Football, la empresa creada por el jeque Al-Thani que, en otra parte del auto, se señalada que "se puede extraer que esta sociedad limitada unipersonal no tiene otra actividad que servir de instrumento para conseguir fondos del Málaga SAD y titularizar un total de unas 583.948 acciones de la misma, siendo una empresa que, como reconoce el propio querellado en documento privado intervenido por la policía fechado en 30 de octubre de 2015, junto con otras empresas a las que el querellado denomina “las Sociedades Nas“, “sirven como instrumento para desarrollar por parte del querellado H H SHEIK A. N. B. A. A. proyectos de inversión , y se trata de sociedades en las que mantiene de forma directa o indirecta la mayoría de capital y derecho de voto".

"NAS FOOTBALL SLU posee su domicilio fiscal y social en el mismo lugar que el Málaga CF SAD se trata de una sociedad sin personal ni asalariados y no le consta actividad susceptible de generar ingresos, encontrándose totalmente endeudada, de todo lo cual parece deducirse que se trata de una sociedad sin actividad e instrumental con objeto de aparecer como titular de las acciones que del MALAGA CLUB DE FÚTBOL SAD y lo que justifica la solicitud de la mencionada medida en relación a la misma.

En caso de procederse a adoptar la medida de administración judicial aludida, se interesa se proceda a acordar la misma por un periodo inicial de seis meses, susceptible de prórroga y con un contenido consistente en comprender la total organización y gestión de ambas mercantiles", acaba decretando la jueza, que nombra también a José María Muñoz como administrador judicial de NAS paralelamente al Málaga.

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