Varapalo a los accionistas no reconocidos de la ampliación de capital del Málaga CF
Desestiman la demanda presentada por Francisco Verdún
La entrevista de Dani Lorenzo en Málaga Hoy
Varapalo judicial a los accionistas del Málaga CF no reconocidos por la ampliación de capital de 2010. El juzgado ha desestimado la demanda presentada por Francisco Verdún y que estaba vista para sentencia. Podría haber cambiado la realidad del club porque en aquel proceso no reconocido que pilló en la transición de Fernando Sanz al jeque Al-Thani concurrieron entre 700 y 800 personas por un total de unos 70.000 euros. Serían alrededor de 1.300 títulos que supondrían el 0,43% del capital social de la entidad y podría provocar la pérdida de la mayoría de acciones del catarí.
El abogado Francisco Verdún, detentor de una acción, presentó una demanda el pasado mes de abril en el juzgado número 2 de lo mercantil que fue admitida a trámite. Y este martes se celebró el juicio, conociéndose ya la sentencia, que ha sido desestimada por el juzgado. "Absuelvo a la mercantil Málaga Club de Fútbol Sociedad Anónima Deportiva de todas las pretensiones formuladas frente a la misma en este procedimiento. Las costas causadas se imponen a la parte actora".
En la sentencia se explica que "el acuerdo de aumento de capital adoptado en la Junta nunca llegó a ser ejecutado por el órgano de administración, ni fue inscrito en el Registro Mercantil, conforme exigen los artículos 314 y 315 del TRLSC, lo que conlleva, conforme a los meritados preceptos y unánime jurisprudencia, que el acuerdo de aumento de capital nunca llegara a tener eficacia legal ni a producir efectos. Dicho acuerdo fue revocado y dejado sin efecto por otro posterior adoptado por unanimidad de la Junta de accionistas de fecha 27 de julio de 2010, y que no fue impugnado, por lo que el acuerdo revocatorio es legalmente vinculante, y ha de ser respetado".
No cabe apelación
La sentencia es firme, tal y como contó no hace mucho el abogado malagueño en SER Deportivos: "Al ser un pleito por una cuantía tan pequeña, el importe de la acción es de 50 euros, al ser una cuantía inferior de 3.000 euros no hay recurso de Apelación. La sentencia sería firme, con independencia de otros recursos extraordinarias. Sin perjuicio de que cualquier otro accionista, con su propia documentación, iniciara su procedimiento".
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