El arquitecto de Gaucín es condenado por delito urbanístico
Un juzgado impone nueve años de inhabilitación al exalcalde y cinco ediles
El exalcalde de Gaucín Francisco Corbacho (PA), el arquitecto municipal, tres ediles de la actual corporación y otros dos de la anterior han sido condenados por un delito contra la ordenación del territorio por autorizar entre 2000 y 2003 nueve licencias para edificar en suelo urbanizable en algunos casos de especial protección.
El Juzgado de lo Penal número 2 de Málaga ha impuesto 21 meses de multa a 12 euros diarios y nueve años de inhabilitación por un delito continuado de prevaricación urbanística contra todos los acusados, salvo un ex concejal al que ha condenado a 12 meses de multa y siete de inhabilitación porque sólo participó en una de las licencias ilegales.
Esta es una de las primeras sentencias dictada por juzgados de Málaga por delitos relacionados con la ordenación del suelo que también condena a un arquitecto municipal. En este caso, la resolución judicial precisa que el técnico, Francisco Arenas, informó a favor de la concesión de los permisos de obras "siendo plenamente consciente de que tales licencias eran contrarias a la normativa urbanística", más aún cuando trabajaba en este Ayuntamiento desde 1988. Además, se da la circunstancia de que en cinco de las nueve licencias que pretendió amparar con sus informes correspondían a proyectos firmados por su hija, hecho que provocó los pertinentes reparos del secretario municipal porque debía haberse abstenido.
Los otros condenados son Francisco Medicina, Francisco José Macías y Carmen Cantudo, ahora concejales independientes, aunque en la época de los hechos formaban parte del Partido Andalucista. También han sido inhabilitados los ex ediles del PA Antonio Cantudo y Antonio Ramos.
La primera licencia ilegal se expidió en 2000 en un suelo de especial protección de la Loma del Avendín, cuando se autorizó una vivienda rural en contra del criterio del secretario del Ayuntamiento y con el apoyo del arquitecto. Las otras ocho tuvieron lugar en 2003 y se trataba también de permisos para construir casas de campo en zona no urbanizable o, incluso, para reconstruir edificaciones que en algún caso, según la sentencia, ni siquiera existían con anterioridad.
Tanto el ex alcalde como los concejales alegaron en su defensa que su falta de formación jurídica les hacía seguir el criterio que exponía el arquitecto municipal. Sin embargo, en la sentencia se precisa que los miembros del equipo de gobierno "no pueden limitarse a votar" y que están obligados a comprobar que las decisiones que adoptan "se ajusten a la legalidad" porque en caso contrario "están sujetos a la responsabilidad civil y penal" que se deriven de sus actos. En este caso matiza que no sólo tenían el deber de asesorarse, sino que "recibieron el adecuado asesoramiento [a través de los informes jurídicos] que optaron por despreciar sistemáticamente". En este sentido agrega que "no cabe hablar de imprudencia, sino de deliberada dejación de responsabilidad para propiciar un resultado injusto".
El exalcalde Francisco Corbacho tiene otra condena firme por malversación y prevaricación malversación de caudales públicos y de prevaricación, después de que en 2008 el Tribunal Supremo ratificara otra sentencia que le imponía 21 meses de suspensión de empleo o cargo público y nueve meses de multa por el primer delito, así como siete años de inhabilitación.
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