El Supremo rechaza el recurso contra el justiprecio por expropiación de la Cueva del Tesoro en Rincón de la Victoria
La cueva fue declarada como Bien de Interés Cultural en 1985
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El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Rincón de la Victoria contra el justiprecio de 4,9 millones de euros por la expropiación de la Cueva del Tesoro, inmueble de titularidad privada declarado Bien de Interés Cultural.
La Sala III del Supremo ha desestimado el recurso presentado por el consistorio contra la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, de junio de 2021, que consideró ajustada a derecho la resolución de la Comisión Especial de Académicos, de 20 de junio de 2016.
El Supremo señala que "cuando el objeto de la expropiación sea, exclusivamente, un inmueble de titularidad privada, declarado bien de interés cultural por estar dotado de valor artístico, histórico o arqueológico, serán de aplicación los artículos 76 y siguientes de la Ley de Expropiación Forzosa y la determinación del justiprecio deberá hacerse por la Comisión de Expertos prevista en el artículo 78 de la citada Ley".
El Ayuntamiento de Rincón de la Victoria defendía que era obligada la valoración separada del suelo respecto de la valoración del yacimiento arqueológico, que debían atenerse a procedimientos administrativos diferentes, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía.
El Supremo destaca que las circunstancias del caso resuelto en esa sentencia, y las de la Cueva del Tesoro del Rincón de la Victoria, no son asimilables, ya que el primero se refería a un suelo rústico de titularidad privada que constituía el objeto de la expropiación. Sobre él se ubicaba un yacimiento de titularidad pública, declarado Bien de Interés Cultural. El resuelto ahora se refiere a la expropiación de un inmueble (descubierto en el siglo XIX) de titularidad privada que fue declarado de Interés Cultural en 1985 y que se encontraba arrendado al Ayuntamiento expropiante.
Asimismo, el Supremo indica que el Supremo de Justicia andaluz ha apreciado correctamente la motivación del acuerdo de justiprecio de la Comisión de Expertos, que ha tenido en cuenta aspectos como el sustrato geomorfológico, el valor artístico, la proyección científica, el conjunto histórico, y la promoción turística, para señalar el importe total de la valoración en 4.969.650 euros.
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