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La gestación subrogada gestación subrogadase ha vuelto a poner en el centro de la polémica y el debate público desde que la actriz, empresaria y bióloga más famosa de España, Ana ObregónAna Obregón, anunciara que volvía a ser madre de una niña gracias a este método de reproducción asistida. Desde entonces, todo tipo de opiniones e informaciones han surgido en torno al tema, incluida su legislación y la posible modificación de su marco legal en España, que ahora prohíbe esta práctica. Las posturas siguen divididas, aunque una parte de la sociedad se ha posicionado del lado de la gestación subrogada altruista, caracterizada por su componente, como bien indica su nombre, altruista en el que la mujer que gesta al hijo no recibe ningún tipo de remuneración económica por hacerlo, sino que lo hace por un deseo de ayudar a una pareja o a una persona que no puede tener hijos por sus propios medios. Otros, no apoyan esta idea porque consideran que, en la práctica, este tipo de opción acabaría por comercializarse de una forma u otra, 'atentando' contra la dignidad de mujeres vulnerables. ¿Podría regularse en nuestro país con parámetros fiables?
Como hemos dicho, actualmente, la legislación española no permite la práctica del embarazo subrogado, ya sea altruista o comercial. De hecho, la Ley de Reproducción Asistida establece que solo se permite la realización de técnicas de reproducción asistida en las que los gametos pertenezcan a los donantes y a la pareja reproductora, por lo que se prohíbe explícitamente la gestación subrogada. Sin embargo, el nuevo Código Deontológico Médico si contempla como una opción la gestación de manera altruista, que no cae en la oscura realidad de los vientres de alquiler, donde los médicos han hecho referencia a esta práctica en los artículos 65.1 y 65.2. En el primero rechazan la gestación por sustitución en la que medie una prestación económica y en el segundo caso la admite, cuando es de manera altruista.
El artículo 65.1 dice: "La gestación por sustitución con contraprestación económica es contraria a la Deontología Médica. La comercialización del cuerpo de la mujer vulnera su dignidad". Mientras que el punto 2 del mismo artículo señala: "La gestación por sustitución altruista no es contraria a la Deontología Médica siempre que se preserve la dignidad de la mujer y el interés superior del menor, con la regulación oportuna y el control de la Comisión Nacional de Reproducción Humana Asistida".
Asimismo, la actual dirección del partido liderada por Alberto Núñez Feijóo cree que es coherente con la postura del partido en su 17º Congreso Nacional abrir un debate profundo y sereno sobre la regulación de la gestación subrogada. Dentro del partido coexisten opiniones a favor y en contra de regular esta práctica, y se reconoce que es necesario seguir debatiendo al respecto.
Eso sí, coinciden en que la "mercantilización" es un tema tabú del que no pueden hablar y es la línea roja que no deben cruzar. Sin embargo, están dispuestos a discutir otros casos y estudiar los pros y contras de la gestación subrogada. Eso sí, insiste en que ''el requisito es que no puede haber ningún tipo de pago'' ni se puede ''mercantilizar''.
Esta posibilidad se ha abierto debido a que existe un vacío en torno a este asunto, dado que hay familias que viajan a otros países para hacer esta práctica y luego los consulados acaban inscribiendo a los niños como españoles. Algo que habría que regular debido a la ambigüedad que existe en torno a ciertas vías que terminan por esquivar las leyes que existen al respecto.
En primer lugar, y teniendo en cuenta a las gestantes, el primer paso para regular la gestación subrogada es reconociendo y protegiendo la autonomía, integridad y seguridad sexual y reproductiva de la mujer gestante, y priorizando su libertad de decisión, lo que incluye la opción de cambiar de opinión en cualquier momento. Sin embargo, otros partidos creen que el altruismo dentro de estos procesos es un mito que acabaría comercializándose, convirtiéndose en un 'mercado negro'' de bebés (un hecho que ya sucede en otros países como India o algunos estados de México).
Así, debido a estos abusos y la explotación, algunos han cerrado la puerta a extranjeros. Algunos ejemplos son Tailandia, India, Sudáfrica, México y Dinamarca, donde la gestación subrogada solo está permitida para ciudadanos nacionales. Sin embargo, el modelo de España iría más en consonancia con el de otros países como Irlanda, Reino Unido y Australia, donde se lleva a cabo de forma altruista y dentro de un mercado nacional. También en Canadá, pero aquí sí caben los gastos asociados al embarazo.
Pese a estos ejemplos, según apuntan los sectores detractores, el altruismo en la gestación subrogada es ilegal en España debido a que la maternidad y la mujer están legalmente unidas. La entrega del bebé solo puede ser a través de la adopción, lo que hace que el acuerdo afectivo y la buena fe sean legalmente imposibles.
En cuanto al coste, nunca sería un proceso totalmente altruista. Si nos fijamos en el caso de Reino Unido, incluso con un modelo altruista, se deben acordar ciertos pagos con la gestante por adelantado. Además, deben incluirse los costos de las clínicas de fertilidad, algo que ya lo convertiría en un negocio, y los honorarios de los juicios (en el caso de que se establecieran procedimientos jurídicos para convertir a los padres 'sustitutos' en los padres legales). Esto último es importante apuntarlo ya que en Reino Unido la gestante es considerada la madre legal en todos los términos sino se lleva a cabo este tipo de solicitud jurídica de paternidad, un proceso que puede llegar a ser legalmente complicado.
Aparte de eso, debe quedar claro que, en términos generales, no hay financiación del servicio nacional de salud británico disponible para los acuerdos de gestación subrogada, lo que significa que debe ser financiada con fondos privados. Así, es bastante complicado calcular el coste total de un contrato de gestación subrogada en el Reino Unido, ya que depende de los pagos que se acuerden con la gestante por adelantado.
Como se mencionó anteriormente, esta legislación prohíbe los acuerdos comerciales de gestación subrogada. A menudo se cree que la cantidad de £15,000 es un monto aproximado que se debe pagar por los gastos razonables de la gestante. Sin embargo, no hay una cantidad establecida por ley y lo que se considera razonable depende de cada caso en particular. Los gastos generales incluirían:
Con todo ello, el debate queda servido y los mecanismos para establecerlo en nuestro país requerirían de unos trámites largos y complejos. Por otro lado, como hemos citado, se deberían tomar medidas para garantizar los derechos de la gestante, que podría echarse atrás en cualquier momento, definir las vías de acceso a esta técnica, tanto para los solicitantes como para las gestantes, y para prohibir el turismo procreativo. Además, se debe revisar en profundidad el mercado económico que rodea a las técnicas de reproducción asistida en España.
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