Málaga

Dieciséis personas recibieron la eutanasia en Málaga en los dos primeros años de aplicación de la ley

Una manifestación por el derecho a morir dignamente.

Una manifestación por el derecho a morir dignamente. / M. H.

Un total de 16 personas han recibido en Málaga la eutanasia desde entrada en vigor de la ley hace ya casi tres años. Es la provincia de Andalucía donde más pacientes la han solicitado desde que el 25 de junio de 2022 comenzó a ser un derecho. La primera vez que se aplicó en la comunidad autónoma fue en Granada, el 13 de enero de ese año, a una mujer francesa que llevaba una década con un párkinson severo. En Málaga, el primer caso fue el 2 de marzo de 2022. Era un hombre español con esclerosis lateral amiotrófica (ELA). 

Desde entonces, en la provincia, han recibido esta ayuda para morir otras 15 personas. De las cifras totales acumuladas facilitadas este martes por la Junta de Andalucía se desprende de que Málaga es el territorio andaluz donde más veces se ha aplicado que frente sus 16 casos, fueron cinco en Almería, ocho en Cádiz, tres en Córdoba, seis en Granada, cuatro en Huelva, dos en Jaén y nueve en Sevilla. 

Respecto a las solicitudes tramitadas, también Málaga fue la provincia con más expedientes en 2023. E año pasado, en Almería se presentaron cuatro; ocho en Cádiz, cuatro en Córdoba, dos en Granada, una en Huelva, otra en Jaén, 13 en Málaga y siete en Sevilla. La Junta no ha facilitado los datos de las peticiones tramitadas totales desde 2022 a nivel provincial.  

A nivel autonómico, desde la entrada en vigor de la ley, 137 personas han solicitado la prestación de ayuda necesaria para morir y 1.341 facultativos se han acogido a la posibilidad de la objeción de conciencia que contemplada en la ley. Tampoco se han precisado la cifra de médicos que han objetado en Málaga. De los 137 solicitantes de este derecho en Andalucía desde que se aplica la norma, 56 corresponden a 2023. De ese medio centenar, 16 no fueron tramitadas (por desestimiento, fallecimiento o informe desfavorable) y 40 sí. A su vez, de estos, a nivel autonómico, el año pasado 24 tuvieron informe favorable y se realizó la eutanasia. Es decir, en la mitad de las peticiones. En el resto no por aplazamiento, fallecimiento o informe desfavorable. 

Rechazada por unos sectores y muy demandada por otros, la ley -que es de rango estatal- contempla el derecho a la eutanasia para aquella persona que sufra un padecimiento grave, crónico e imposibilitante o padezca una enfermedad grave e incurable, en ambos casos causante de un sufrimiento físico o psíquico constante e insoportable

Los tres grandes grupos de enfermedades o padecimientos crónicos que condujeron a solicitar la ayuda médica para morir son los procesos neurodegenerativos, pluripatológicos o crónicos complejos y oncológicos, que suman siete expedientes. De forma mayoritaria -el 82,5% de los casos-, las solicitudes se inician en el ámbito de la Atención Primaria por la proximidad del paciente y a su familia. Tres de las personas que recibieron la prestación donaron sus órganos, con los que se pudieron salvar doce vidas gracias a la extracción de seis riñones, tres hígados, dos pulmones y un páncreas, según detalló la Junta tras el Consejo de Gobierno

Un trámite complejo

La prestación de ayuda para morir comienza con una primera petición del enfermo por escrito al facultativo responsable. En el plazo de dos días, el médico debe hablar con el paciente sobre las alternativas terapéuticas y explicarle la posibilidad de cuidados paliativos. La Ley exige una segunda solicitud con al menos 15 días de diferencia de la primera. Si la persona mantiene su decisión, el profesional debe consultar con un segundo facultativo o médico consultor que también debe entrevistarse con el paciente. Si ambos profesionales coinciden en que la solicitud de eutanasia se ajusta a la Ley, deben remitir un informe a la Comisión de Garantías y Evaluación. Ésta lo evalúa y si su resolución es favorable, se lo comunica al médico responsable para que se proceda a la eutanasia en el momento que lo decida la persona que lo solicitó.

El testamento vital y tres escenarios posibles

Tras la entrada en vigor de la ley, la Junta exigía la ratificación de la voluntad de acogerse a la eutanasia, si ésta hubiera sido ya manifestada en un testamento vital. La Asociación Derecho a Morir Dignamente (DMD) reclamó que personas que lo tuvieran inscrito no se vieran obligadas a rehacerlo. La Administración autonómica finalmente rectificó y dio validez a aquellos que la solicitaron antes de la aprobación de la norma. 

Así que en la actualidad hay tres escenarios. El primero: las personas que quieran acogerse a este derecho y no hayan hecho aún su testamento vital, deben incluir expresamente esta voluntad en el documento. El segundo: las que lo hubieran inscrito con anterioridad a la ley y no plasmaran su deseo de acogerse a la eutanasia porque entonces no era legal, deben añadirlo. El tercero: quienes –aunque fuera ilegal– manifestaron la voluntad de beneficiarse de la eutanasia si se aprobaba una ley, no tienen que hacer nada pues aquel deseo recogido por escrito en su testamento vital tiene validez.

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